Con la reciente promulgación del decreto 697/2026, el Gobierno argentino ha llevado a cabo una reforma significativa en el régimen de importación de alimentos. Esta normativa amplía el reconocimiento de certificaciones sanitarias extranjeras, simplificando los procesos para introducir insumos industriales destinados a la elaboración de alimentos.
Cambios en la normativa
La decisión fue publicada en el Boletín Oficial y busca integrar dentro del esquema de equivalencias creado a inicio de 2025, diversos aditivos alimentarios y coadyuvantes tecnológicos que anteriormente quedaban excluidos. Mientras que productos alimenticios terminados de países con altos estándares sanitarios —como Estados Unidos y miembros de la Unión Europea— ya podían ingresarse al país sin trámites adicionales, hasta ahora la industria argentina no podía utilizar ciertos insumos equivalentes en su producción.
Con el nuevo decreto, se cierra esta brecha al permitir que los insumos utilizados en la producción local cuenten con la debida certificación por parte de la autoridad competente del país de origen.
Fortalecimiento del SENASA
Un componente crucial de esta normativa es la concentración de las funciones de control y fiscalización de importaciones alimentarias en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA). Esto simplifica el proceso, ya que antes estas labores estaban repartidas entre múltiples organismos. Esta fusión de tareas no introduce nuevas atribuciones, sino que organiza y optimiza funciones previamente asignadas.
Adicionalmente, se derogaron artículos considerados redundantes del decreto 815/99, alineándose a un modelo más eficiente de regulación. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) mantiene sus atribuciones específicas en el manejo de productos en su campo.
Optimización de procesos
El decreto también establece que los organismos sanitarios solo requerirán completar una declaración jurada de importación, evitando exigencias adicionales de la Autoridad Sanitaria Nacional, excepto en casos que impliquen usos medicinales o terapéuticos.
Asimismo, actualiza el mecanismo de revisión del Código Alimentario Argentino (CAA), estableciendo un plazo definido de 30 días hábiles para que la autoridad sanitaria evalúe las solicitudes de nuevos productos. Esto tiene como objetivo simplificar y agilizar la entrada de nuevos insumos y tecnologías en el mercado.
Cambios en la manipulación de alimentos
Por último, el decreto aclara que los carnets de manipulación de alimentos tendrán validez indefinida a nivel nacional, eliminando las renovaciones periódicas, lo que representa un alivio administrativo para los trabajadores en el sector alimentario. Con estas medidas, el Gobierno busca no solo fomentar la importación de productos, sino también facilitar la competitividad y el crecimiento del sector alimentario local.
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