El Registro Nacional de Armas (RENAR) ha puesto en marcha un nuevo régimen mediante la Resolución 48/2026 que regula la tenencia, transferencia y control de diversas categorías de armas de fuego y materiales relacionados, tales como los silenciadores y las miras nocturnas.
Nuevos Requisitos para Materiales Controlados
La normativa recién publicada busca adecuar los procedimientos administrativos a las modificaciones realizadas por el Decreto 306/2026. Con esta resolución, los propietarios legales de armas de uso civil podrán solicitar la autorización de tenencia de supresores y dispositivos de visión nocturna bajo condiciones específicas, como pertenecer a una entidad de tiro autorizada o presentar una licencia de caza válida emitida por la autoridad correspondiente.
Es importante destacar que los solicitantes deberán demostrar que poseen armas registradas compatibles con los nuevos materiales que desean registrar. Esta registración será independiente de las armas que el usuario ya tenga en su posesión, aunque el RENAR podrá verificar la compatibilidad técnica.
Identificación de Dispositivos Importados
Los nuevos supresores y miras nocturnas que se importen y carezcan de un número de serie de fábrica deberán registrarse ante el RENAR para recibir uno. Este número deberá ser incorporado al material de forma adecuada, cumpliendo con las especificaciones técnicas que defina el organismo.
Regulaciones para Armas Recibidas por Herencia
La resolución también establece un protocolo para la registración de armas heredadas. Los herederos podrán solicitar la registración de armas que estaban previamente a nombre del causante, incluso si no existe un fallo judicial que valide su condición de heredero. Para iniciar el trámite, deberán presentar documentos que acrediten su vínculo familiar y una declaración jurada notariada sobre las armas heredadas.
Cabe destacar que el RENAR podrá suspender la tramitación si surgen disputas entre herederos. Además, la registración no implica automáticamente la titularidad del arma.
Nueva Normativa de Portación de Armas de Guerra
La resolución también aborda los procedimientos para solicitar permisos de portación de armas de guerra. Quienes deseen obtener esta autorización deben presentar diversos documentos, incluidos un informe del Registro Nacional de Reincidencia y una certificación de aptitud psicofísica.
Un aspecto relevante de esta normativa es la introducción de un esquema de evaluación integral de riesgo que tendrá en cuenta factores como la actividad del solicitante y su entorno geográfico. Asimismo, la Comisión de Portaciones y Sanciones deberá emitir un dictamen antes de que se otorguen estas autorizaciones.
Las autorizaciones concedidas tendrán una vigencia ligada al estatus de legítimo usuario del titular y podrán ser suspendidas o revocadas en caso de incumplimiento con las normativas establecidas.
Esta nueva reglamentación tiene implicaciones importantes para quienes manejan armas en Argentina, asegurando un control más riguroso y un proceso administrativo más claro.
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