Extranjeros en hospitales: emergencias exentas de aranceles en Argentina
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Extranjeros en hospitales: emergencias exentas de aranceles en Argentina

Una nueva resolución define que ciertas emergencias sanitarias no se cobrarán a extranjeros no residentes en hospitales nacionales en Argentina.

Redacción

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El pasado martes, el Gobierno argentino, mediante la Resolución 1066/2026 publicada en el Boletín Oficial, oficializó el cobro de aranceles a los extranjeros no residentes que requieran atención en hospitales de gestión nacional. Sin embargo, esta normativa establece que hay ciertas emergencias sanitarias que quedan exentas de dichos cobros.

Emergencias Exentas

Entre las situaciones que no podrán ser negadas ni demoradas por motivos administrativos o económicos se encuentran:

  • Paro cardiorrespiratorio
  • Insuficiencia respiratoria aguda grave
  • Shock en cualquiera de sus formas
  • Síndrome coronario agudo
  • Accidente cerebrovascular (ACV)
  • Traumatismos graves
  • Hemorragias masivas
  • Quemaduras extensas
  • Sepsis e infecciones graves
  • Intoxicaciones agudas
  • Abdomen agudo quirúrgico
  • Emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales
  • Cualquier otra condición médica que, según el criterio del profesional de salud, represente un riesgo inminente para la vida del paciente.

El ministro de Salud, Mario Lugones, destacó que en situaciones de emergencia, no se podrá restringir el acceso a la atención sanitaria a ningún extranjero, sin importar su situación migratoria. Además, la resolución establece que, al momento de certificar residencia permanente, se deberá presentar el DNI correspondiente, y en caso de extravío, se admitirá una constancia digital emitida por la Dirección Nacional de Migraciones.

Esta normativa busca asegurar que las emergencias mejoren el acceso a la atención sanitaria urgente para aquellos que se encuentran en Argentina, garantizando la atención necesaria sin costo para los involucrados.

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